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ICSOE (IMSS) y SISUB (INFONAVIT).
¿CUÁNDO DEBO CUMPLIR CON MI OBLIGACIÓN EN LOS SISTEMAS ICSOE Y SISUB?
ICSOE
De forma cuatrimestral dentro de los primeros 17 días de los meses de mayo, septiembre y enero; los cuales corresponden al primero, segundo y tercer cuatrimestre respectivamente.
SISUB
Tienes la obligación de presentar la información ante el INFONAVIT de manera cuatrimestral.
1° cuatrimestre - enero a abril
2° cuatrimestre - mayo a agosto
3° cuatrimestre - septiembre a diciembre
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